Aquí se presentan algúnos hechos que evidencián la irregularidad del juicio en contra de Ángel y Don Francisco bases de apoyo del EZLN presos de conciencia desde hace yá más de diez años.
la sentencia
Sentenciados por homicidio en agravio de Florentino Hernández López y lesiones en agravio de Eulalio Hernández López.
Están condenados a 25 años de prisión por homicidio calificado. Se encuentran recluidos en la Cárcel Pública de Tacotalpan, Tabasco.
los hechos
En el contexto de un conflicto por la posesión de la tierra entre ejidatarios de Tuitzol, Municipio de Tila, Chiapas y el Ejido de Agua BLanca, Tabasco el día 16 de noviembre de 1995 fue asesinado el señor Florentino Hernández López
De acuerdo a la declaración de Aníbal Hernández López, hijo de la víctima, el día 21 de noviembre de 1995, “desde hace tres años un grupo de personas que al parecer son treinta y cinco, provenientes del Municipio de Tila, Chiapas, de Tutzil, llegaron al Ejido Agua Blanca e invadieron como doce parcelas dentro de las cuales se encontraba la de su señor padre, hoy extinto, cuya pequeña comunidad fue bautizada con el nombre de Cuapacal, tierras que utilizan para sembrar”
Según consta en el expediente, el señor Eulalio Hernández López, también hijo de la víctima, fue testigo de los hechos. El día 16 de noviembre de 1995, mismo día del homicidio, declara que no pudo reconocer a las personas que dieron muerte a su padre, que fue un grupo numerosos, ni les sabe su nombre y apellidos, únicamente medio les vio la cara, pues al presenciar que daban muerte a su papá salió corriendo, al estar cruzando un alambrado fue una de esas tantas personas que le llegó y le dio un machetazo.
En esa misma fecha declara el señor Manuel López, cuñado de la víctima, y afirma que el único testigo del homicidio es su sobrino Eulalio Hernández López.
Sin embargo, a partir del día 21 de noviembre de 1995, Eulalio Hernández López modifica su declaración después de que en esa misma fecha Juan Martínez López, en una amplia y detallada exposición de los hechos, que supuestamente le había transmitido Eulalio Hernández López. La declaración del señor Juan Martínez López no coincide con la primera versión de Elulalio Hernández, y manifiesta que Eulalio no pudo declarar bien debido su aturdimiento previo.
La declaración del Señor Martínez es casi idéntica a la ampliación de declaración que realiza posteriormente ese mismo día (21 de noviembre) del señor Eulalio Hernández López.
La Sala considera como prueba de la responsabilidad penal de Francisco Pérez Vázquez y Ángel concepción Pérez Gutiérrez, las declaraciones testimoniales de Eulalio Hernández López, y las de Julián Hernández Parcero y Alfredo Martínez Torres, supuestos testigos, quienes declararon hasta el día 19 de diciembre de 1996.
Ángel Concepción Pérez Gutiérrez, fue detenido y procesado bajo el nombre de Miguel Ángel Pérez, desde su declaración preparatoria aclaró que él no se llama Miguel Ángel Pérez, por lo que se le procesó como Miguel Ángel Pérez Gutiérrez o Ángel Concepción Pérez Gutiérrez. Nunca se realizó ninguna investigación o diligencia para demostrar que Miguel ángel Pérez Gutiérrez o Ángel Concepción Pérez Gutiérrez son la misma persona.
En su declaración preparatoria, a una de las preguntas que el agente del Ministerio Público le hizo, Ángel Concepción señaló que estaba trabajando con Santiago Pérez Vázquez y Francisca Pérez Vázquez cuando el niño Valentín Pérez López le dio aviso que habían matado a Vicente Pérez Pérez. Que se había agarrado a machetazos con Florentino Hernández López. Que él (Ángel Concepción) fue nombrado perito para examinar las heridas del occiso Vicente Pérez por el secretario del juzgado municipal y la secretaria del Ministerio Público de Yajalón. Además, indicó que cuando cayó muerto Florentino Hernández López, su hijo Eulalio Hernández López le disparó a Vicente Pérez quien a su vez lo lesionó.
En el expediente del proceso contra Francisco y Ángel Concepción, consta la averiguación previa por el homicidio de Vicente Pérez.
En el caso de ÁNGEL CONCEPCIÓN PÉREZ GUTIÉRREZ, debe advertirse que de manera irregular se le identificó inicialmente como Miguel Ángel Pérez o Ángel Concepción Pérez Gutiérrez. Sin embargo, desde la declaración preparatoria sostuvo no ser Miguel Ángel Pérez a quien supuestamente Eulalio Hernández López se refiere como una de las personas que participó el homicidio de su papá. Esta circunstancia que en ningún momento fue aclarara y nunca se comprobó que Miguel Ángel Pérez sea la misma persona que Ángel Concepción Pérez Gutiérrez, lo que evidentemente viola la garantía de presunción de inocencia.
Nunca se realizó diligencia alguna para corroborar o no la identidad y existencia de Miguel Ángel Pérez y que dicha persona fuera distinta o la misma persona que Ángel Concepción.
En los careos llevados a cabo entre Ángel Concepción Pérez Gutiérrez y el testigo de cargo Julián Hernández Parcero, éste último sostiene que Miguel Ángel o Ángel Concepción Pérez Gutiérrez son la misma persona. Sin embargo nunca se comprobó su versión y ni el juez ni la Sala argumentan la razón que hubieran tenido para considerar que esa versión es correcta.
Aquí un testigo de la ilegal detención:
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